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Directrices de Cultivo para los Sacramentos de ONAC que también son Sustancias Controladas

by | Jul 18, 2022

Directrices de Cultivo para Los Sacramentos Sagrados de Los Miembros ONAC

Actualizado en diciembre de 2023

 

Los miembros no pueden vender, intercambiar, o regalar plantas sagradas que figuran como sustancias controladas por el gobierno de los Estados Unidos. Estos solo están disponibles a través de sucursales o personas de medicina que están autorizadas y reconocidas por la Iglesia Matriz de la Iglesia Nativa Americana de Oklevueha. Esta es una protección importante para usted, ya que no podemos controlar la calidad de las medicinas que provienen de fuera de ONAC.

El propósito de las ceremonias sagradas es conectarle con una persona de medicina, reconocido de ONAC que pueda ayudarle en el proceso de sanación y empoderamiento de su vida y su salud. Esta ayuda llega cuando se sienta en ceremonia con ellos. Nos tomamos muy en serio la responsabilidad de ayudar a las personas y asegurarnos de que cada participante esté físicamente, emocionalmente, y espiritualmente seguro y que las medicinas sagradas se trabajen de manera segura y honorable.

NOTA IMPORTANTE: Si una persona de medicina de ONAC le regala o le proporciona una medicina sagrada para trabajar a nivel personal en la microdosificación, se requiere documentación específica para este proceso. Se debe seguir el protocolo de la persona de medicina y se requiere documentación.

Cuando trabajas con medicinas sagradas bajo la guía de una persona de medicina en casa, esto se llama Facilitación Personal. La facilitación personal es crear un espacio espiritual y ceremonial SÓLO para usted, trabajando con una pequeña cantidad de sacramento/medicina que le haya sido regalada o proporcionada por una persona de medicina de ONAC con el que está trabajando y bajo su dirección e instrucción.

Directrices de cultivo para el Peyote:

No hay cultivo personal de Peyote.

Directrices de cultivo para el San Pedro:

San Pedro se puede comprar legalmente en los Estados Unidos; por lo tanto, los miembros pueden cultivar San Pedro libremente solo con fines ornamentales. No debe haber extracción ni secreción de esta medicina.

Directrices de cultivo para Ayahuasca, Psilocibina, Kambo:

ONAC no recomienda ni autoriza el cultivo o la cosecha de ninguna de estas medicinas.

Directrices de cultivo para el Cannabis

Los miembros de ONAC pueden cultivar cannabis para uso personal de la siguiente manera:

  • SOLO PARA INTERIORES: los miembros no pueden poseer más de 6 plantas, en total (independientemente de la ubicación*), por miembro en cualquier momento.
  • SOLO PARA EXTERIORES: los miembros no pueden poseer más de 4 plantas en total (independientemente de la ubicación*), por miembro en cualquier momento.
  • Para COMBINACIÓN INTERIOR / EXTERIOR: los miembros no pueden poseer más de 2 plantas de interior y 3 plantas de exterior, en total (independientemente de la ubicación*), por miembro en cualquier momento.
  • Los miembros PUEDEN reclamar la propiedad parcial de la planta, si y solo si, toda la planta es propiedad total de los miembros de la ONAC.
  • Todas las plantas propiedad de un miembro de ONAC deben estar claramente etiquetadas con el nombre (nombres) del miembro de ONAC.
  • SI el miembro posee plantas en varias ubicaciones, una lista de todas las plantas de propiedad debe estar disponible y actualizada en todo momento. SI el miembro no tiene una lista actualizada de plantas y ubicaciones, se asumirá que el miembro solo posee plantas en una ubicación singular y NO se reconocerá la propiedad de las plantas en todas las demás ubicaciones.

* La ubicación de la planta significa que un miembro puede cultivar cada planta en una dirección diferente.

DEFINICIONES:

  • INTERIOR: cultivo de cannabis con el uso de cualquier luz no natural para controlar el ciclo de crecimiento
  • EXTERIOR: cultivo de cannabis con el uso de luz solar natural
  • NOTA: Estas cantidades de cultivo pueden ajustarse según la explicación escrita de una Persona autorizada en Medicina Cannábica de la Iglesia Nativa Americana de Oklevueha. Esta carta de exención de cultivo debe enviarse a la Iglesia Matriz para su aprobación, y se deben entregar copias al cultivador, la Iglesia Matriz, y la Persona de Medicina. Ningún Sacramento de Cannabis aprobado por ONAC puede venderse, intercambiarse, o entregarse a nadie, ni siquiera a un miembro de la ONAC.

POLÍTICA ADICIONAL SÓLO PARA EL SACRAMENTO DE CANNABIS:

Muchos estados de Estados Unidos han legalizado el cannabis para uso médico, y varios lo han hecho completamente legal para cualquier propósito. En aquellos estados donde el cannabis es legal, puedes seguir las leyes de su estado. Sin embargo, en los estados donde todavía existen limitaciones legales, debe seguir las limitaciones de nuestros sacramentos que se enumeran aquí.

NOTA: Durante la época de cosecha, un miembro puede tener más de 2 onzas en su poder, ya que probablemente haya cultivado suficiente medicina para toda la temporada.

Todas las medicinas de más de 2 onzas deben colocarse en recipientes sellados y etiquetarse con la fecha de recolección y su nombre y número de membresía de ONAC, y deben almacenarse en el congelador o en una caja de seguridad con una etiqueta de ONAC. Estas pegatinas están disponibles para su compra en el Trading Post: https://oklevuehanac.com/onac-trading-post/

Es de vital importancia que todos los miembros que cultivan cannabis comprendan que se trata de una medicina sagrada y que no se puede vender ni regalar a nadie dentro o fuera de Oklevueha. Los cultivos personales son para uso personal sacramental y medicinal únicamente.

Todos los cultivos deben ser en propiedad propia. Si tiene un acuerdo con otro dueño de propiedad para cultivar en su terreno, el dueño de la propiedad debe ser miembro de ONAC, y usted debe obtener su permiso por escrito. Debes presentar esa documentación a la Madre Iglesia Matriz

INFORMACIÓN SOBRE OTRAS MEDICINAS:

ONAC reconoce que todas las medicinas indígenas son efectivas. Sin embargo, ONAC no autoriza la facilitación o cultivo personal de las siguientes medicinas a menos que la Iglesia Matriz de la Iglesia Nativa Americana de Oklevueha lo apruebe:

  • Iboga/Ibogaína – Uso únicamente ceremonial, bajo la supervisión de una persona de medicina de ONAC. Nota: En este momento, SOLO tenemos una sucursal de ONAC que está autorizada para trabajar con Iboga y está ubicada en Utah.
  • Bufo/Otac
  • DMT / 5meo DMT (N,N-dimetiltriptamina)
  • LSD/MDMA (3,4-metilenedioximetanfetamina)
  • Yopo
  • Corteza de raíz de mimosa (Mimosa pudica)/Jurema o Yurema (el árbol de Mimosa se puede cultivar, pero no se puede extraer ningún medicamento de las raíces)
  • Mambe/Hojas de Coca (Para que una sucursal de ONAC o una persona de medicina de ONAC sirva estas medicinas se requiere la aprobación previa de la Iglesia Matriz de ONAC)
  • Amanita Muscaria
  • Tepezcohuite
  • Salvia
  • Datura

          También reconocemos las medicinas sagradas de Kambo, Hapé, y Sananga, sin embargo, estas no son medicinas que se puedan cultivar o preparar fácilmente. Por lo tanto, asegúrese de obtener estas medicinas de una persona de medicina o sucursal de ONAC, u otras fuentes confiables.

          Si tiene alguna pregunta sobre una medicina/sacramento que NO figura aquí, por favor comuníquese con nosotros directamente a La Iglesia Matriz de ONAC: [email protected]